1) La Nueva ley de transmisión Nº 20.936 avanzó de manera decidida en un estatuto destinado a regir los procesos internacionales de intercambio de energía eléctrica, especialmente en relación a la escasa regulación existente con anterioridad a su promulgación.
2) Se ha otorgado competencia a distintas instituciones especialmente en el proceso de planificación y determinación de la transmisión y las instalaciones necesarias para interconexiones internacionales.
3) Desde la regulación del, segmento de la transmisión, puede darse un estatuto consistente para preparar al sistema eléctrico nacional a intercambios internacionales, sean estos de carácter más permanente y de servicio público, o sean de aquellos propios del interés privado.
4) Deben vincularse a los procesos internacionales de intercambio de energía tanto a la planificación energética como la planificación de la transmisión, incorporándose a los reglamentos respectivos aquellas materias atingentes y necesarias para su materialización.
5) Se reconocen distintos ámbitos y dimensiones que deben ser recogidos en la normativa necesaria para posibilitar los procesos de intercambios internacionales. Sin que su numeración sea taxativa, se distingue las dimensiones ambientales, de relaciones exteriores, geo política, aduanera, territorial e institucional.
6) Se constata que buena parte de la normativa necesaria para implementar estos procesos tiene el rango de reglamento y normas de inferior rango que una ley.
7) Existe, sin embargo, cierta indefinición respecto a la manera como el sector privado, particularmente el segmento de generación y de clientes finales, se puede y debe incorporar a este proceso y que es posible que requiera algún complemento eventualmente de rango legal.
8) Hay un desafío especial para el país de resolver la relación y vinculación público privada que permita acometer iniciativas de exportación amplias y permanentes en el tiempo.
9) En ese proceso de definición de actores, debe buscarse mecanismos amplios de participación, abiertos y competitivos, del tipo “open season”, licitaciones internacionales o similares.
10) La ocasión de profundizar en procesos de intercambios parece muy propicia, tanto por el interés del sector privado por explorar nuevos mercados, como por el desarrollo potencial de distintas tecnologías que parecen tener una promisoria proyección.
11) El aporte tanto de recursos financieros como de recursos humanos especializados de organismos internacionales en materia de energía pueden ser de extraordinaria utilidad en la promoción de procesos de integración energética, entendido como un concepto amplio.